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Levítico 25:46 - Biblia Católica (Latinoamericana)

y los dejarán en herencia a sus hijos después de ustedes como propiedad para siempre. Pero tratándose de tus hermanos israelitas, no actuarás en forma tiránica, sino que los tratarás como a tus hermanos.

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Más versiones

Biblia Reina Valera 1960

Y los podréis dejar en herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

y los dejarás como herencia permanente a tus hijos. Podrás tratarlos como esclavos, pero nunca deberás tratar a tus hermanos israelitas de esa manera.

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La Biblia Textual 3a Edicion

y los dejaréis en herencia a vuestros hijos después de vosotros como posesión hereditaria. Pero en cuanto a vuestros hermanos, los hijos de Israel, no os enseñorearéis uno sobre otro con aspereza.

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

Se los dejaréis luego en herencia a vuestros hijos como posesión perpetua. Los podréis tener como esclavos para siempre. Pero en cuanto a vuestros hermanos, los israelitas, no los dominaréis con dureza.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

Y los poseeréis como herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en cuanto a vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis uno sobre otro con dureza.

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Otras versiones



Levítico 25:46
5 Referencias Cruzadas  

Los egipcios trataron con brutalidad a los Israelitas y los redujeron a esclavitud.


Los pueblos los recogerán y los devolverán a su tierra, y la familia de Israel, a su vez, se apoderará de ellos y los hará sus esclavos y sirvientes en la tierra de Yavé. Israel hará prisioneros a los que lo llevaron cautivo y dominará a sus opresores.


Así que no te pondrás duro con tu hermano, sino que temerás a tu Dios.


También podrán comprarlos entre los extranjeros que viven con ustedes y de sus familias que están entre ustedes, es decir, de los que hayan nacido entre ustedes. Esos pueden ser propiedad de ustedes,


Si el extranjero o el forastero que vive contigo adquiere bienes, y en cambio tu hermano se empobrece al lado de él y se vende al extranjero o al forastero, o al descendiente de la familia del extranjero,