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Levítico 25:28 - Biblia Martin Nieto

28 Si no encuentra con qué hacer el rescate, la propiedad vendida quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo; entonces el vendedor entrará de nuevo en su posesión.

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Biblia Reina Valera 1960

28 Mas si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

28 Sin embargo, si al primer propietario no le alcanza para volver a comprar la propiedad, esta quedará en poder del nuevo propietario hasta el siguiente año de jubileo. En el año de jubileo, la propiedad volverá a los primeros dueños, a fin de que ellos puedan regresar a la tierra de su familia.

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Biblia Católica (Latinoamericana)

28 Si no halla lo suficiente para recuperarla, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo; entonces la tierra quedará libre y volverá al que la vendió.

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La Biblia Textual 3a Edicion

28 Pero si su mano no halla para recuperarlo, lo vendido quedará en mano del comprador hasta el año del jubileo, y en el jubileo quedará libre y volverá a su propiedad.

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

28 Si su haber no alcanza a lo necesario para esta devolución, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar; pero en el año del jubileo quedará libre, y el vendedor recobrará su propiedad.'

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Levítico 25:28
11 Tagairtí Cros  

Porque esto dice el Señor todopoderoso, Dios de Israel: Aún se comprarán casas, campos y viñas en este país.


Declararéis santo el año cincuenta y proclamaréis la liberación a todos los habitantes de la tierra. Será para vosotros año jubilar; cada uno de vosotros recobrará su propiedad y retornará a su familia.


En el año jubilar volverá cada uno a sus propiedades.


Si uno vende una casa en una ciudad amurallada, tendrá derecho de rescate durante un año a partir de la venta; su derecho de rescate dura un año.


Si no se ha hecho el rescate dentro del año, esta casa, enclavada dentro de una ciudad amurallada, será para siempre del comprador y de sus descendientes; no perderán la propiedad ni siquiera el año del jubileo.


Entonces saldrá de tu casa él y sus hijos; volverá a su familia y recobrará de nuevo la propiedad de sus padres.


El año del jubileo, el campo volverá a su vendedor inicial, al cual pertenecía como heredad de la tierra.


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