Si no encuentra con qué hacer el rescate, la propiedad vendida quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo; entonces el vendedor entrará de nuevo en su posesión.
Levítico 25:30 - Biblia Martin Nieto Si no se ha hecho el rescate dentro del año, esta casa, enclavada dentro de una ciudad amurallada, será para siempre del comprador y de sus descendientes; no perderán la propiedad ni siquiera el año del jubileo. Tuilleadh leaganachaBiblia Reina Valera 1960 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre en poder de aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo. Biblia Nueva Traducción Viviente Sin embargo, si no vuelve a comprarla en el plazo de un año, la venta de la casa dentro de la ciudad amurallada no podrá revertirse. Será la propiedad permanente del comprador. No se le regresará al primer propietario en el año de jubileo. Biblia Católica (Latinoamericana) De no ser rescatada dentro del año, una casa ubicada en una ciudad con murallas quedará para siempre para el comprador y sus descendientes: no se la quitarán en el jubileo. La Biblia Textual 3a Edicion Pero si no es rescatada antes de cumplirse un año entero, la casa que esté en la ciudad amurallada quedará a perpetuidad para el comprador y sus generaciones. No quedará libre en el jubileo. Biblia Serafín de Ausejo 1975 Si la casa no ha sido rescatada dentro del término de un año completo, entonces la casa situada en la ciudad amurallada pasará definitivamente a ser propiedad del comprador y de sus descendientes; no quedará libre en el año del jubileo. Biblia Reina Valera Gómez (2023) Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo. |
Si no encuentra con qué hacer el rescate, la propiedad vendida quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo; entonces el vendedor entrará de nuevo en su posesión.
Si uno vende una casa en una ciudad amurallada, tendrá derecho de rescate durante un año a partir de la venta; su derecho de rescate dura un año.
Las casas del pueblo no amurallado serán consideradas como propiedades rústicas; gozarán del derecho de rescate y quedarán libres el año del jubileo.