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Éxodo 22:6 - Biblia Version Moderna (1929)

¶Cuando rompiere un fuego, el cual hallando espinas tomare incremento, de modo que se consumieren las hacinas, o las mieses, o el campo, aquel que encendió el fuego deberá sin falta hacer restitución.

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Biblia Reina Valera 1960

Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

»Si alguien prende fuego a espinos y el fuego se sale de control y se extiende al campo de un vecino, y por lo tanto, destruye las gavillas de grano o lo que está por cosecharse o todos los cultivos, el que encendió el fuego tendrá que pagar por la cosecha perdida.

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Biblia Católica (Latinoamericana)

Cuando uno dé a otro dinero o joyas en depósito, para que se los guarde, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble.

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La Biblia Textual 3a Edicion

Cuando un fuego se propague a los zarzales y consuma la parva, o las gavillas, o el campo, el que encendió el fuego sin falta hará restitución.

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

Si uno deja a otro en depósito dinero o utensilios y son robados de la casa del depositario, el ladrón, si es descubierto, restituirá el doble.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

Cuando un fuego se extendiere y tomare espinas, y quemare gavillas amontonadas, o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

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Éxodo 22:6
8 Σταυροειδείς Αναφορές  

Mas si de cualquiera manera él lo hubiere hurtado, hará restitución a su dueño.


¶Cuando alguno hiciere pacer en campo o viña, soltando su bestia de modo que pazca en campo ajeno, de lo mejor de su propio campo, o de lo mejor de su propia viña, hará restitución.


¶Cuando un hombre diere a su prójimo dinero o alhaja a guardar, y fuere hurtado de la casa del tal hombre, si se hallare al ladrón, restituirá el doble.


En todo asunto de mal proceder, respecto de buey, o asno, u oveja, o ropa, o cualquiera cosa perdida de que alguno dijere: Esto es mío; ante Dios vendrá la causa de entrambos; y aquel que Dios condenare hará restitución con el doble a su prójimo.


Por sus frutos los conoceréis.  ¿Acaso se cogen uvas de los espinos, o higos de los abrojos?