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Éxodo 22:14 - Biblia Nueva Versión Internacional 2022

14 »Si alguien pide prestado un animal de algún amigo suyo, y el animal sufre algún daño o muere, no estando presente su dueño, el que lo pidió prestado deberá restituirlo.

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Más versiones

Biblia Reina Valera 1960

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

14 »Si alguien pide prestado un animal a un vecino, y el animal se lastima o muere en ausencia del dueño, el que lo pidió prestado tendrá que compensar al dueño en forma total y absoluta;

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Biblia Católica (Latinoamericana)

14 Si el dueño estuvo presente, no hay restitución. Si el animal es alquilado, el dueño recibirá el alquiler.

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La Biblia Textual 3a Edicion

14 Cuando un hombre pida a su prójimo un animal, y sea herido o muerto en ausencia de su dueño, ciertamente pagará.

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

14 Pero si estaba presente su dueño, no la pagará. Si la bestia era alquilada, la compensación va en el precio del alquiler.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, ausente su dueño, deberá pagarla.

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Éxodo 22:14
11 Referencias Cruzadas  

Había también quienes se quejaban: «Tuvimos que empeñar nuestros campos y viñedos para conseguir dinero prestado y así pagar el tributo al rey.


Los malvados piden prestado y no pagan, pero los justos dan con generosidad.


el dueño del pozo indemnizará al dueño del animal y podrá quedarse con el animal muerto.


el amigo del dueño jurará ante el Señor no haberse adueñado de la propiedad de su amigo. El dueño deberá aceptar ese juramento y el amigo no deberá restituirle nada.


»Si el animal fue despedazado por una fiera, el amigo no tendrá que indemnizar al dueño si presenta como evidencia los restos del animal.


»Si el dueño del animal estaba presente, el que pidió prestado el animal no tendrá que pagar nada. »Si el animal fue alquilado, el precio del alquiler cubrirá la pérdida.


»El que quite la vida a algún animal ajeno, reparará el daño con otro animal.


Al que te pida, dale; y al que quiera tomar de ti prestado, no le vuelvas la espalda.


Ustedes, por el contrario, amen a sus enemigos, háganles bien y denles prestado sin esperar nada a cambio. Así tendrán una gran recompensa y serán hijos del Altísimo, porque él es bondadoso con los ingratos y malvados.


Lo harás de la siguiente manera: cada acreedor perdonará a su prójimo el préstamo que le haya hecho. Ya no exigirá a su prójimo o hermano el pago de la deuda, porque se habrá proclamado el año del perdón de las deudas en honor del Señor.


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