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Números 5:8 - Biblia Nueva Versión Internacional 2017

8 Pero, si la persona perjudicada no tiene ningún pariente, la compensación será para el Señor y se la entregará al sacerdote, junto con el carnero para expiación del culpable.

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Más versiones

Biblia Reina Valera 1960

8 Y si aquel hombre no tuviere pariente al cual sea resarcido el daño, se dará la indemnización del agravio a Jehová entregándola al sacerdote, además del carnero de las expiaciones, con el cual hará expiación por él.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

8 Pero si la persona perjudicada está muerta y no hay ningún pariente cercano a quien pagarle el daño, el pago le pertenece al Señor y deberá dárselo al sacerdote. Además, el culpable llevará un carnero como sacrificio por el pecado y será purificado y hecho justo ante el Señor.

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Biblia Católica (Latinoamericana)

8 Y si no hay personas a quien devolver la cosa, se la darán a Yavé. El culpable se la dará al sacerdote, además del carnero de reparación que se ofrece por él.

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La Biblia Textual 3a Edicion

8 Y si la persona no tiene pariente a quien se le restituya el daño, el objeto del delito será para YHVH, para el sacerdote, además del carnero de las expiaciones, con el cual hará expiación por el culpable.°

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

8 Si este hombre no tuviera pariente próximo al que poder restituir, la restitución debida a Yahveh pasará al sacerdote, además del carnero de expiación con el cual el sacerdote hará el rito de la expiación por el culpable.

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Números 5:8
8 Referencias Cruzadas  

El dinero de los sacrificios expiatorios y por la culpa no era para el templo del Señor, pues pertenecía a los sacerdotes.


Además, el culpable hará restitución por haber pecado contra lo consagrado, añadiendo la quinta parte, la cual entregará al sacerdote. Así el sacerdote hará expiación por él mediante el carnero del sacrificio por la culpa, y ese pecado le será perdonado.


o cualquier otra cosa por la que haya cometido perjurio. Así que deberá restituirlo íntegramente y añadir la quinta parte de su valor. Todo esto lo entregará a su dueño el día que presente su sacrificio por la culpa.


»La misma ley se aplica tanto al sacrificio expiatorio como al sacrificio por la culpa: El animal pertenecerá al sacerdote que haga propiciación con él.


Deberá confesar su pecado y pagarle a la persona perjudicada una compensación por el daño causado, con un recargo del veinte por ciento.


Toda contribución que los israelitas consagren para dársela al sacerdote será del sacerdote.


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