»”Si alguno consagra su casa al Señor, el sacerdote determinará su valor. El cálculo aplicado por el sacerdote deberá aceptarse, cualquiera que este sea.
»”Si alguno consagra al Señor parte del campo de su heredad familiar, su precio se determinará según la cantidad de semilla que se requiera para sembrarlo, a razón de cincuenta siclos de plata por cada jómer de semilla de cebada.
Además, el culpable hará restitución por haber pecado contra lo consagrado, añadiendo la quinta parte, la cual entregará al sacerdote. Así el sacerdote pedirá perdón por él mediante el carnero del sacrificio por la culpa, y ese pecado será perdonado.
Si se trata de animales impuros, se podrán rescatar pagando el valor fijado por el sacerdote, más una quinta parte. Si no se rescata, se venderá en el precio que el sacerdote haya fijado.