Y CUANDO alguno pecare en esto: porque habiendo oído la voz de la imprecación, siendo él testigo respecto de algo que hubiere visto o que supiere, y con todo no lo manifestare, él llevará su iniquidad;
Mas si su marido lo derogó terminantemente en el día que oyó hablar de ello, ninguna cosa salida de los labios de ella respecto de sus votos, o respecto de obligar su alma, subsistirá: su marido los ha derogado, y Jehová se lo perdonará.
Mas si su marido guardare entero silencio de día en día, entonces él mismo confirma todos sus votos o todos sus entredichos que estuvieren sobre ella: los ha confirmado por lo mismo que guardó silencio en el día que oyó hablar de ellos.
Estos son los estatutos que mandó Jehová a Moisés, que deben regir entre el hombre y su mujer, y entre el padre y su hija, estando ésta todavía en su mocedad, en casa de su padre.
Mas si su padre se lo vedare en el día que oyere hablar de ello, ninguno de sus votos ni de sus entredichos con que ha obligado su alma subsistirá; y Jehová se lo perdonará, por cuanto su padre se lo ha vedado.
Mas si en el día que lo oyere su marido se lo vedare, quedará derogado su voto que ella tiene sobre sí y la inconsiderada promesa de sus labios con que ha obligado su alma; y Jehová se lo perdonará.