Esto es lo que ha de dar todo aquel que fuere incluído entre los empadronados: la mitad de un siclo, conforme al ciclo del Santuario (veinte geras son un siclo); medio siclo por ofrenda a Jehová.
¶Todo el oro empleado en la obra, en toda la fábrica del Santuario, (es decir, el oro de la ofrenda) fué veintinueve talentos, y setecientos treinta siclos, según el siclo del Santuario.
si tu avalúo fuere respecto de varón, desde la edad de veinte años hasta la edad de sesenta años, tu valuación será de cincuenta siclos de plata, según el ciclo del Santuario.
Y si fuere de la edad de un mes hasta la edad de cinco años, será tu avalúo, de varón cinco siclos de plata; y de hembra será tu avalúo tres siclos de plata.
Los que hayan de redimirse de aquéllos, los redimirás desde la edad de un mes, conforme a tu estimación, por cinco siclos de plata, según el siclo del Santuario; que son veinte geras.
Y era su oblación una fuente de plata, siendo su peso ciento treinta siclos, un tazón de plata de setenta siclos, según el ciclo del Santuario; ambos llenos de flor de harina mezclada con aceite, para ofrenda vegetal;