Cuando vendieres algo a tu conciudadano o lo comprares de él, no apremies a tu hermano, sino que ajustarás la compra según los años que faltan para el jubileo.
Cuantos más años faltaren de un jubileo a otro, tanto más crecerá el precio; y cuanto menos tiempo queda, tanto menos valdrá la compra; porque el que vende, vende el tiempo del usufructo.