y santificarás el año quincuagésimo, y anunciarás remisión o rescate general para todos los moradores de tu tierra; pues éste es el año del jubileo. Cada uno recobrará su posesión y cada cual se restituirá a su antigua familia,
Y así sucederá que venido el año del jubileo, esto es, el año quincuagésimo de remisión, venga a confundirse la distribución de las suertes, y la posesión de los unos pase a los otros.
Que si no hallare arbitrio de juntar el precio, retendrá el comprador lo comprado hasta el año del jubileo, en el cual todo lo vendido se ha de restituir a su antiguo dueño y poseedor.
para publicar el año de reconciliación con el Señor, o su jubileo, y el día de la venganza de nuestro Dios; para que yo consuele a todos los que lloran;
Pues el que vende, no volverá a adquirir lo vendido, aunque viva todavía, porque la visión que he tenido y comprende todo su pueblo, no quedará sin efecto; y ninguno se sostendrá por medio de las maldades de su vida.