Cuando alguno haga consagrar a YHVH una parte del campo de su propiedad, tu valoración será conforme a su siembra. Un omer de semilla de cebada se valorará en cincuenta siclos de plata.
pero si hace consagrar su campo después del jubileo, entonces el sacerdote le calculará el dinero según los años que queden hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu valoración.
Santificaréis pues el año quincuagésimo, y proclamaréis en la tierra libertad a todos sus habitantes. Será jubileo° para vosotros y cada uno volverá a su propiedad, cada uno de vosotros volverá a su familia.