Santificaréis el año cincuenta y proclamaréis la emancipación de todos los habitantes del país. Será para vosotros un año jubilar; cada uno de vosotros recobrará su propiedad, y cada cual volverá a su familia.
Y cuando llegue el jubileo para los israelitas, su heredad quedará añadida a la de la tribu a la que pasaron a pertenecer ellas, y así será sustraída de la heredad de la tribu de nuestros padres'.
Si su haber no alcanza a lo necesario para esta devolución, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar; pero en el año del jubileo quedará libre, y el vendedor recobrará su propiedad.'
Aunque conserve la vida, vendedor no recobrará lo vendido, porque la ira contra toda la multitud no será revocada, y nadie, a causa de su iniquidad, tendrá la vida asegurada.'