Mas las casas de las aldeas sin murallas que las rodeen serán tratadas como los campos del país: hay derecho de rescate y en el año jubilar quedan libres.
Pero si no halla lo suficiente para recuperarla, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar, y en el jubileo quedará libre; y el vendedor volverá a su posesión.
Declararéis santo el año cincuenta, y proclamaréis en la tierra liberación para todos sus habitantes. Será para vosotros un jubileo; cada uno recobrará su propiedad, y cada cual regresará a su familia.
amontonarás todos sus despojos en medio de la plaza pública y prenderás fuego a la ciudad con todos sus despojos, todo ello en honor de Adonai tu Di-s. Quedará para siempre convertida en un montón de ruinas, y no volverá a ser edificada.