(19) No llevarás a la casa de Adonai tu Di-s don de prostituta ni salario de perro, sea cual fuere el voto que hayas hecho: porque ambos son abominación para Adonai tu Di-s.
Vendrán así el levita - ya que él no tiene parte ni heredad contigo - el forastero, el huérfano y la viuda que viven en tus ciudades, y comerán hasta hartarse. Y Adonai tu Di-s te bendecirá en todas las obras que emprendas.