Pero la hija del sacerdote, cuando se casare con varón extraño, ella no comerá de la apartadura de las santificaciones.
¿Quién enseñó al Espíritu del SEÑOR, o le aconsejó enseñándole?
o por su hermana virgen, a él cercana, la cual no haya tenido marido, por ella se contaminará.
Mas el sacerdote, cuando comprare persona de su dinero, ésta comerá de ella, y el nacido en su casa; éstos comerán de su pan.
Mas si la hija del sacerdote fuere viuda, o repudiada, y no tuviere prole, y se hubiere vuelto a la casa de su padre, como en su juventud, comerá del pan de su padre; pero ningún extraño coma de él.