Será quemado el vestido, o estambre o trama, de lana o de lino, o cualquiera obra de pieles en que hubiere tal plaga; porque lepra roedora es; al fuego será quemada.
Entonces profanarás la cobertura de tus esculturas de plata, y la protección de tu vaciadizo de oro; las apartarás como trapo de menstruo; ¡Sal fuera! les dirás.
Y todo aquello sobre que cayere algo del cuerpo muerto de ellos, será inmundo; el horno y la chimenea serán derribados; son inmundos, y por inmundos los tendréis.
Y al séptimo día mirará la plaga; y si hubiere cundido la plaga en el vestido, o estambre, o en la trama, o en piel, o en cualquiera obra que se hace de pieles, lepra roedora es la plaga; inmunda será.