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Números 35 - Biblia Nacar-Colunga

1 Habló Yahvé a Moisés en los llanos de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, diciendo:

2 “Manda a los hijos de Israel que de la heredad de su posesión cedan a los levitas ciudades, en las que puedan habitar. Dadles también lugares de pastos en los contornos de esas ciudades.

3 Que tengan ciudades en qué habitar y pastos para sus animales, para sus ganados y para todas sus bestias.

4 Los lugares de pasto en torno de las ciudades que daréis a los levitas serán: a partir de los muros de la ciudad, para afuera, de mil codos en torno;'

5 y la extensión de fuera de la ciudad, dos mil codos a la parte de oriente, dos mil codos a la parte de mediodía, dos mil codos a la parte de occidente y dos mil codos a la parte del norte, quedando en medio la ciudad. Estos serán los lugares de pastos de sus ciudades.

6 De las ciudades mismas que daréis a los levitas, seis serán las ciudades de refugio, donde pueda acogerse el homicida; y las otras, cuarenta y dos en número;'

7 en total, cuarenta y ocho ciudades con sus lugares de pasto. En cuanto a las ciudades que de los hijos de Israel habéis de dar a los levitas,

8 tomaréis más de los que tengan más, y menos de los que tengan menos. Cada uno cederá para los levitas sus ciudades en proporción de la heredad que haya recibido.”

9 Yahvé habló a Moisés, diciendo:

10 “Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis pasado el Jordán, en la tierra de Canaán,

11 elegiréis ciudades que sean para vosotros ciudades de refugio, donde pueda refugiarse el homicida que hubiera matado a alguno sin querer.

12 Estas ciudades os servirán de asilo contra el vengador de la sangre, para que no sea muerto el homicida antes de comparecer en juicio ante la asamblea.

13 Las ciudades a esto destinadas serán seis, que serán para vosotros ciudades de refugio.

14 Destinaréis tres del lado de allá del Jordán y tres en la tierra de Canaán para ciudades de refugio,

15 para los hijos de Israel, para el extranjero y para el que habita en medio de vosotros, para que quien haya matado a alguno sin querer, pueda refugiarse en ellas.

16 Si le hirió con instrumentos de hierro y se sigue la muerte, es homicida, y el matador será muerto;'

17 lo mismo si le hirió con piedra en mano capaz de causar la muerte, y ésta se sigue; es homicida y será castigado con la muerte;'

18 lo mismo si le hirió manejando un instrumento de madera capaz de producir la muerte, y ésta se sigue; es homicida y será muerto.'

19 El vengador de la sangre matará por sí mismo al homicida; cuando le encuentre le matará.'

20 Si por odio le derribó, o le arrojó de propósito encima alguna cosa, y se sigue la muerte,

21 o si por odio le golpeó con las manos y se sigue la muerte, el que hirió será castigado con la muerte; es homicida. El vengador de la sangre le matará cuando le encuentre.'

22 Mas si, al contrario, por azar, sin odio, le derriba o le arroja encima alguna cosa sin querer,

23 o sin verle le tira encima una piedra que puede causar la muerte, y la muerte se sigue, sin que fuera su enemigo ni buscase su mal,

24 juzgará la asamblea entre el que hirió y entre el vengador de la sangre según las leyes.

25 La asamblea librará al homicida del vengador de la sangre, le volverá a la ciudad de asilo donde se refugió, y allí morará hasta la muerte del sumo sacerdote ungido con el óleo sagrado.

26 Si el homicida sale del territorio de la ciudad de asilo en que se refugió,

27 y el vengador de la sangre le encuentra fuera del territorio de su ciudad de refugio y le mata, no será responsable de su muerte;'

28 porque el homicida debe morar en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote, y, muerto ya el sumo sacerdote, podrá retornar a la tierra donde está su posesión.

29 Estas disposiciones serán normas de derecho, y para todas vuestras generaciones, dondequiera que moréis.

30 En todo caso de homicidio, a deposición de testigos, se quitará la vida al homicida; un testigo solo no basta para deponer contra uno y condenarle a muerte.'

31 No aceptaréis rescate por la vida del homicida que deba ser condenado a muerte; ha de ser muerto.'

32 Tampoco aceptaréis rescate para dejar salir al refugiado de su ciudad de asilo y habitar en su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.

33 No dejéis que se contamine la tierra en que habitéis; porque la sangre contamina la tierra, y no puede la tierra purificarse de la sangre en ella vertida sino con la sangre de quien la derramó.'

34 No profanéis la tierra que habitéis, donde habito yo también, porque yo soy Yahvé, que habito en medio de los hijos de Israel.

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Biblia Nácar-Colunga

Alberto Colunga Cueto, y Eloíno Nácar Fúster. 1944©

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