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Deuteronomio 24 - Biblia de las Americas 1997

1 Cuando alguno toma una mujer y se casa con ella, si sucede que no le es agradable porque ha encontrado algo reprochable en ella, y le escribe certificado de divorcio, lo pone en su mano y la despide de su casa,

2 y ella sale de su casa y llega a ser mujer de otro hombre;

3 si el segundo marido la aborrece y le escribe certificado de divorcio, lo pone en su mano y la despide de su casa, o si muere este último marido que la tomó para ser su mujer,

4 al primer marido que la despidió no le es permitido tomarla nuevamente como mujer, porque ha sido menospreciada; pues eso es abominación ante el Señor. No traerás pecado sobre la tierra que el Señor tu Dios te da por heredad.

5 Cuando un hombre es recién casado, no saldrá con el ejército, ni se le impondrá ningún deber; quedará libre en su casa por un año para hacer feliz a la mujer que ha tomado.

6 Ninguno tomará en prenda el molino de mano ni la muela del molino, porque sería tomar en prenda la vida del hombre.

7 Si se encuentra a un hombre que haya secuestrado a alguno de sus hermanos de los hijos de Israel, y lo haya tratado con violencia, o lo haya vendido, entonces ese ladrón morirá; así quitarás el mal de en medio de ti.

8 Cuídate de una infección de lepra, para que observes diligentemente y hagas conforme a todo lo que los sacerdotes levitas os enseñen; como les he ordenado, así cuidaréis de hacer.

9 Recuerda lo que el Señor tu Dios hizo a Miriam en el camino, cuando salíais de Egipto.

10 Cuando prestes cualquier cosa a tu prójimo, no entrarás en su casa para tomar su prenda;

11 te quedarás afuera, y el hombre a quien hiciste el préstamo te traerá la prenda.

12 Y si es un hombre pobre, no te acostarás reteniendo aún su prenda;

13 sin falta le devolverás la prenda al ponerse el sol, para que se acueste con su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del Señor tu Dios.

14 No oprimirás al jornalero pobre y necesitado, ya sea uno de tus conciudadanos o uno de los extranjeros que habita en tu tierra y en tus ciudades.

15 En su día le darás su jornal antes de la puesta del sol, porque es pobre y ha puesto su corazón en él; para que él no clame contra ti al Señor, y llegue a ser pecado en ti.

16 Los padres no morirán por sus hijos, ni los hijos morirán por sus padres; cada uno morirá por su propio pecado.

17 No pervertirás la justicia debida al forastero ni al huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda,

18 sino que recordarás que fuiste esclavo en Egipto y que el Señor tu Dios te rescató de allí; por tanto, yo te mando que hagas esto.

19 Cuando siegues tu mies en tu campo y olvides alguna gavilla en el campo, no regresarás a recogerla; será para el forastero, para el huérfano y para la viuda, para que el Señor tu Dios te bendiga en toda obra de tus manos.

20 Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti, serán para el forastero, para el huérfano y para la viuda.

21 Cuando vendimies tu viña, no la repasarás; será para el forastero, para el huérfano y para la viuda.

22 Recordarás que tú fuiste esclavo en la tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.

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