Según que sean muchos los años, aumentarás su precio; y según que sean pocos los años, disminuirás de su precio; porque cierto número de cosechas es lo que él te vende.
Levítico 25:27 - Biblia Version Moderna (1929) haga entonces el cómputo de los años después de su venta, y devuelva lo sobrante al hombre a quien lo vendió; y así vuelva él a su posesión. Tuilleadh leaganachaBiblia Reina Valera 1960 entonces contará los años desde que vendió, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión. Biblia Nueva Traducción Viviente entonces la persona tendrá el derecho de recuperarla del que la compró. Se descontará el precio de la tierra según el número de años que faltan para el siguiente año de jubileo. De esta forma el primer propietario podrá regresar a su tierra. Biblia Católica (Latinoamericana) ustedes contarán los años pasados desde la venta y se dará al comprador la cantidad correspondiente al tiempo que falta; y volverá a su propiedad. La Biblia Textual 3a Edicion calculará los años desde su venta, y pagará lo que falta a la persona a quien vendió, y volverá a su propiedad. Biblia Serafín de Ausejo 1975 calculará los años desde la venta, devolverá al comprador según el tiempo que falta y recobrará su propiedad. Biblia Reina Valera Gómez (2023) entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión. |
Según que sean muchos los años, aumentarás su precio; y según que sean pocos los años, disminuirás de su precio; porque cierto número de cosechas es lo que él te vende.
Y en toda la tierra de vuestra posesión concederéis redención a la tierra.
Y si el hombre no tuviere redentor, pero su propia mano adquiriere medios, y hallare lo suficiente para rescatarlo,
o si no, su tío, o el hijo de su tío debe redimirle; o algún pariente cercano suyo, de su linaje, debe redimirle; o si su propia mano hubiere adquirido medios, redímase a sí mismo.
Mas si santificare su campo después del jubileo, el sacerdote hará el cómputo del dinero a razón de los años que quedaren hasta el año del jubileo; y se rebajará de tu avalúo la parte correspondiente.