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Levítico 25:30 - Biblia Serafín de Ausejo 1975

30 Si la casa no ha sido rescatada dentro del término de un año completo, entonces la casa situada en la ciudad amurallada pasará definitivamente a ser propiedad del comprador y de sus descendientes; no quedará libre en el año del jubileo.

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Más versiones

Biblia Reina Valera 1960

30 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre en poder de aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

30 Sin embargo, si no vuelve a comprarla en el plazo de un año, la venta de la casa dentro de la ciudad amurallada no podrá revertirse. Será la propiedad permanente del comprador. No se le regresará al primer propietario en el año de jubileo.

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Biblia Católica (Latinoamericana)

30 De no ser rescatada dentro del año, una casa ubicada en una ciudad con murallas quedará para siempre para el comprador y sus descendientes: no se la quitarán en el jubileo.

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La Biblia Textual 3a Edicion

30 Pero si no es rescatada antes de cumplirse un año entero, la casa que esté en la ciudad amurallada quedará a perpetuidad para el comprador y sus generaciones. No quedará libre en el jubileo.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

30 Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.

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Biblia Traducción en Lenguaje Actual

30 Si en ese plazo no logra recuperarla, la casa no le será devuelta en el año de liberación sino que pasará a ser propiedad permanente del comprador y de sus descendientes.

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Levítico 25:30
3 Referencias Cruzadas  

Si su haber no alcanza a lo necesario para esta devolución, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar; pero en el año del jubileo quedará libre, y el vendedor recobrará su propiedad.'


'Si alguien vende una vivienda en una ciudad amurallada, tendrá derecho al rescate hasta que se cumpla un año de su venta; un año entero durará su derecho de rescate.


Pero las casas de las aldeas no amuralladas serán estimadas como propiedades rústicas; gozan del derecho del rescate y quedarán libres en el año jubilar.


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