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Levítico 25:48 - Biblia Reina Valera 1960

48 después que se hubiere vendido, podrá ser rescatado; uno de sus hermanos lo rescatará.

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Más versiones

Biblia Nueva Traducción Viviente

48 aun así mantendrá el derecho de que alguien pague rescate por él, incluso después de haber sido comprado. Un hermano lo puede volver a comprar,

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Biblia Católica (Latinoamericana)

48 después de haberse vendido le quedará el derecho de rescate; uno de sus hermanos podrá rescatarlo.

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La Biblia Textual 3a Edicion

48 después de vendido le quedará el derecho de redención: uno de sus hermanos deberá redimirlo,

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

48 tu hermano podrá ser rescatado después de haberse vendido; uno de sus hermanos lo rescatará.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

48 después que se hubiere vendido, podrá ser redimido; uno de sus hermanos podrá redimirlo;

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Biblia Traducción en Lenguaje Actual

48-49 ese israelita tendrá el derecho a ser rescatado. Esto podrá hacerlo un pariente cercano, y hasta él mismo si cuenta con los medios suficientes.

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Levítico 25:48
9 Referencias Cruzadas  

Una mujer, de las mujeres de los hijos de los profetas, clamó a Eliseo, diciendo: Tu siervo mi marido ha muerto; y tú sabes que tu siervo era temeroso de Jehová; y ha venido el acreedor para tomarse dos hijos míos por siervos.


Ahora bien, nuestra carne es como la carne de nuestros hermanos, nuestros hijos como sus hijos; y he aquí que nosotros dimos nuestros hijos y nuestras hijas a servidumbre, y algunas de nuestras hijas lo están ya, y no tenemos posibilidad de rescatarlas, porque nuestras tierras y nuestras viñas son de otros.


y les dije: Nosotros según nuestras posibilidades rescatamos a nuestros hermanos judíos que habían sido vendidos a las naciones; ¿y vosotros vendéis aun a vuestros hermanos, y serán vendidos a nosotros? Y callaron, pues no tuvieron qué responder.


Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, entonces su pariente más próximo vendrá y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.


Y cuando tu hermano empobreciere y se acogiere a ti, tú lo ampararás; como forastero y extranjero vivirá contigo.


Si el forastero o el extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está junto a él empobreciere, y se vendiere al forastero o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;


O su tío o el hijo de su tío lo rescatará, o un pariente cercano de su familia lo rescatará; o si sus medios alcanzaren, él mismo se rescatará.


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