Y al octavo día será circuncidada la carne del prepucio de su hijo.°
Y al octavo día se circuncidará al niño.
Al octavo día, circunciden el prepucio del niño.
El niño será circuncidado en su carne al octavo día,
El día octavo será circuncidada la carne del prepucio del niño,
Y al octavo día se circuncidará la carne del prepucio del niño.
El niño será circuncidado a los ocho días de nacido,