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Éxodo 22:7 - La Biblia Textual 3a Edicion

Cuando un hombre dé a su prójimo plata u objetos a guardar, y sean hurtadas de la casa de aquel hombre, si se halla al ladrón, restituirá el doble.

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Más versiones

Biblia Reina Valera 1960

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

»Supongamos que alguien entrega dinero o bienes a un vecino para que se los guarde en un lugar seguro, y al vecino se los roban de su casa. Si se atrapa al ladrón, la compensación consistirá en el doble del valor de lo robado.

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Biblia Católica (Latinoamericana)

Si no es hallado el ladrón, el dueño de la casa será presentado ante los jueces y jurará no haber echado mano de las cosas de su prójimo ni haber tenido parte en el robo.

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Biblia Serafín de Ausejo 1975

Si no es descubierto, el depositario se presentará ante Dios y jurará que no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.

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Biblia Traducción en Lenguaje Actual

7 (6) »Si alguien le da a otra persona dinero o cosas de valor para que se las guarde, y algún ladrón se roba todo eso, el ladrón tendrá que pagar el doble de lo robado, si es que lo atrapan.

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Otras versiones



Éxodo 22:7
10 Referencias Cruzadas  

Si lo que hurtó fuera hallado vivo en su poder, sea buey, asno u oveja, con el doble hará restitución.


Cuando un fuego se propague a los zarzales y consuma la parva, o las gavillas, o el campo, el que encendió el fuego sin falta hará restitución.


Como se avergüenza el ladrón cuando es sorprendido, Así será avergonzada la casa° de Israel; Sus reyes y sus príncipes, Sus sacerdotes y sus profetas,


No harás extorsión a tu prójimo ni lo expoliarás. El salario del jornalero no pernoctará en tu poder hasta la mañana siguiente.°


Habló YHVH a Moisés, diciendo:


Si una persona peca y comete prevaricación contra YHVH, ya sea engañando a su prójimo en cuanto a depósito o prenda confiada en su mano, o por hurto, o por extorsión a su prójimo,


o todo aquello en lo que haya jurado falsamente. Lo devolverá pues por entero, el día de la ofrenda por su culpa, añadiendo a ello su quinto, que le dará a aquel a quien pertenece.


Pero decía esto, no porque se preocupara por los pobres, sino porque era ladrón, y teniendo la bolsa, hurtaba de lo que se echaba en ella.°


ni los ladrones, ni los avaros, ni los borrachos, ni los difamadores, ni los estafadores, heredarán el reino de Dios.