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Levítico 25:28 - Biblia Serafín de Ausejo 1975

Si su haber no alcanza a lo necesario para esta devolución, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar; pero en el año del jubileo quedará libre, y el vendedor recobrará su propiedad.'

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Más versiones

Biblia Reina Valera 1960

Mas si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.

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Biblia Nueva Traducción Viviente

Sin embargo, si al primer propietario no le alcanza para volver a comprar la propiedad, esta quedará en poder del nuevo propietario hasta el siguiente año de jubileo. En el año de jubileo, la propiedad volverá a los primeros dueños, a fin de que ellos puedan regresar a la tierra de su familia.

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Biblia Católica (Latinoamericana)

Si no halla lo suficiente para recuperarla, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo; entonces la tierra quedará libre y volverá al que la vendió.

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La Biblia Textual 3a Edicion

Pero si su mano no halla para recuperarlo, lo vendido quedará en mano del comprador hasta el año del jubileo, y en el jubileo quedará libre y volverá a su propiedad.

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Biblia Reina Valera Gómez (2023)

Pero si no consiguiere lo suficiente para recobrarlo para sí, entonces lo que vendió quedará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y en el jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.

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Biblia Traducción en Lenguaje Actual

»Si el que vendió no tiene dinero suficiente para recuperar su propiedad, el que compró seguirá siendo el dueño de la propiedad hasta el año de liberación. En ese año, la propiedad quedará liberada, y el dueño original la recuperará.

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Otras versiones



Levítico 25:28
11 Referencias Cruzadas  

Porque así dice Yahveh Sebaot, Dios de Israel: 'Se seguirán comprando casas, campos y viñas en este país'.


Santificaréis el año cincuenta y proclamaréis la emancipación de todos los habitantes del país. Será para vosotros un año jubilar; cada uno de vosotros recobrará su propiedad, y cada cual volverá a su familia.


En este año del jubileo cada uno de vosotros recuperará su propiedad.


'Si alguien vende una vivienda en una ciudad amurallada, tendrá derecho al rescate hasta que se cumpla un año de su venta; un año entero durará su derecho de rescate.


Si la casa no ha sido rescatada dentro del término de un año completo, entonces la casa situada en la ciudad amurallada pasará definitivamente a ser propiedad del comprador y de sus descendientes; no quedará libre en el año del jubileo.


Entonces saldrá de tu casa, él y sus hijos con él, regresará a su familia y volverá a la propiedad de sus padres.


En el año del jubileo, el campo volverá a aquel a quien se lo había comprado y lo poseía como propiedad hereditaria.